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Por qué un Protocolo de Prevención y Tratamiento del Acoso

Las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos
específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.

Ley Orgánica 3/2007 - Art. 48.1

Ventajas

  • Mejora de la imagen de la compañía.

  • Incrementa la Motivación de la plantilla.

  • Reduce el absentismo, la ansiedad y el estrés.

  • Mejora del clima laboral.

  • Evita el coste de posibles Indemnizaciones.

Y además,

  • Cumplir con la legislación vigente.
  • Evita sanciones administrativas y penales.

 

Quiénes están Obligados

Todas las empresas están obligadas a disponer de un Protocolo para la Prevención y Tratamiento de Situaciones de Acoso Sexual y por Razón de Sexo, Acoso Laboral y Discriminación Ilícita en el Trabajo, con independencia del tamaño y número de trabajadores/as que compongan la plantilla de la empresa u organización.

Su incumplimiento se encuentra tipificado como constitutivo de Infracción Muy Grave en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) – Art.8.

 

Sanciones

Sanciones en caso de incumplimiento:

  • La sanción administrativa prevista en el art. 40.2.c) de la LISOS para el caso de incumplimiento va desde 40.986 euros en su grado mínimo hasta 819.780 euros en su grado máximo.

  • Pérdida automática de ayudas, bonificaciones y beneficios de programas de empleo.

  • Imposibilidad de  contratar con entidades del sector público (Art. 71 de la Ley de Contratos del Sector Público).

Cómo podemos ayudarte …

 

  • Diseño de un protocolo de actuación frente al acoso sexual y acoso por razón de sexo para tu empresa.

  • Campañas informativas y de sensibilización sobre acoso laboral, analizando conductas o comportamientos que pudieran propiciarlo para de esta forma poder prevenirlo.
  • Formación específica al personal.

Los aspectos más relevantes de un Protocolo de Actuación son las siguientes:

Protocolo

 

Activación​:
  • Apertura de Expediente​
  • Reunión Comisión de Trámite
  • Nombramiento Instructor
Instrucción:
  • Entrevistas
  • Recopilaci​ón de información
  • Asesoramiento experto
Resolución:
  • Informe de Conclusiones
  • Adopción de Medidas
  • Comunicación a Organismos

Principios

 

  • Celeridad

  • Confidencialidad
  • Protección de la intimidad de todos los implicados
  • Protección de la dignidad de todas las personas implicadas
  • Seguridad jurídica imparcialidad y derecho a la defensa

Medidas Cautelares

 

  • Valorar la separación de la víctima​

  • Cambio de puesto o de turno, preferentemente al acosador

  • Establecer pautas de seguimiento

  • Atención facultativa a disposición de la víctima